En la Mesa Sectorial de Educación del 11 de Marzo se ha presentado el último borrador del Acuerdo sobre selección de candidatos a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad, composición y ordenación de las listas de funcionarios interinos docentes en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Este acuerdo será firmado el próximo martes 15 de marzo.
Ver: Borrador Acuerdo de Interinos 2016
- Oferta Pública de Empleo 2016 en Madrid: 1500 plazas
En la Mesa Sectorial de Educación celebrada hoy, con asistencia de las viceconsejeras de Educación no Universitaria, Juventud y Deporte, Dª Carmen González Fernández, de Organización Educativa, Dª María José García-Patrón Alcázar, la directora general de Recursos Humanos, Dª María Teresa Martínez de Marigorta Tejera, y las organizaciones sindicales, se ha acordado una oferta de 1500 plazas para empleo docente en 2016.
Especialidades de Profesores de Enseñanza Secundaria
Lengua Castellana y Literatura | 225 |
Inglés | 275 |
Matemáticas | 195 |
Geografía e Historia | 160 |
Biología y Geología | 100 |
Física y Química | 90 |
Orientación Educativa | 95 |
Formación y Orientación Laboral | 30 |
Administración de Empresas | 25 |
Intervención Sociocomunitaria | 10 |
Latín | 10 |
Organización y Proceso de Mantenimiento de Vehículos | 10 |
Procesos Diagnósticos Clínicos y Productos Ortoprotésicos | 15 |
Procesos Sanitarios | 10 |
Alemán | 10 |
Hotelería y Turismo | 25 |
Procesos y Medios de Comunicación | 10 |
Especialidades de Profesores Técnicos de Formación Profesional
Mantenimiento de Vehículos | 35 |
Procesos de Gestión Administrativa | 30 |
Sistemas y Aplicaciones Informáticas | 35 |
Instalaciones Electrotécnicas | 25 |
Cocina y Pastelería | 10 |
Servicios de Restauración | 20 |
Procedimientos Sanitarios y Asistenciales | 15 |
Especialidades de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas
Inglés | 35 |
TOTAL Especialidades de Profesores de Enseñanza Secundaria: 1300
TOTAL Especialidades de Profesores Técnicos de Formación Profesional: 170
TOTAL Especialidades de profesores de escuelas oficiales de idiomas: 30
TOTAL ESPECIALIDADES: 1500
Puntos fundamentales del acuerdo.
Estructura de las listas:
Se establece lista única.
Reincorporación a las listas de las/los excluidas/os:
Se podrán reincorporar a las listas de todas/os las/los aspirantes que hubieran decaído este tiempo atrás por no cumplir los requisitos de titulaciones.
Requisitos de habilitación para la contratación:
Se vuelve a incluir que tener 5 meses y medio de experiencia en 2 cursos o 12 meses totales en una especialidad sea requisito suficiente para la contratación, eximiendo de cumplir otros requisitos.
Además, si algún/a aspirante no cumple ni el requisito de experiencia, ni el de haber aprobado, ni el de titulaciones no decaerá de la lista al ser citado sino que no se le contratará permaneciendo en la lista a la espera de que aporte el requisito oportuno.
Condiciones de rebaremación de las listas:
Finalmente los informes jurídicos no eran claros a este respecto y el de la Consejería indicaba que es más seguro jurídicamente no rebaremar si no hay oposiciones. No obstante se aplicará que el resto de condiciones de este acuerdo se apliquen a las listas que no se rebaremen, incluyendo la reincorporación de las/los excluidos, las nuevas condiciones para las contrataciones y sus requisitos y las condiciones de los colectivos de especial consideración: específicamente la reserva de plazas para las/los integrantes de las listas con diversidad funcional y la prioridad en las citaciones de los mayores de 55 años con 10 cursos de servicio o con cualquier edad y 15 cursos de servicios prestados, independientemente de la lista en la que se encuentren.
Baremo:
Se establecen unos porcentajes de 45% para la nota de oposiciones, 45% para la experiencia docente y 10% para la formación y otros méritos.
Debemos resaltar que a efectos de nota se computarán para el baremo de lista las notas de los procesos selectivos de los últimos 10 años o un mínimo de 5 convocatorias, hasta 2003.
En la parte de experiencia se computará un máximo de 10 años a razón de 0,45 puntos por año, el 80% de esa puntuación para especialidades de cuerpos distintos, el 30% para tiempo en el mismo nivel de centros que no sean públicos y el 20% para distintos niveles de esos mismos centros.
La formación permanente vuelva a contar para el baremo, tanto en el de la lista de interinidades como en el de otros méritos del concurso-oposición dentro de una reconfiguración negociada del mismo.
Bonos extras al baremo general:
Bono por nota en las oposiciones:
Se ha establecido una tabla con los siguientes intervalos:
Nota más alta Puntuación extra
De 5 a 6 0,5
De 6 a 7,5 1
De 7,5 a 9 1,5
De 9 a 10 2
Realizado el estudio sobre estos bonos hemos constatado que el bono total asignado en el total de las listas es algo inferior al del Acuerdo del 2006 pero distribuido de distinta manera, dando más a notas altas, menos a las más bajas y eliminando el que se otorgaba por aprobar sólo parte de la oposición sin aprobar en la media.
Este bono se aplique a la mejor nota de los mismos procesos que cuentan para el baremo, últimos 10 años o un mínimo de 5 convocatorias, y no sólo al último proceso.
Bono por haber aprobado más de una vez las oposiciones:
Se concederá 1 punto extra a las/los aspirantes que, en las oposiciones que cuentan a efectos de baremo, hayan aprobado más de una vez la oposición sin plaza.
Bono por haber trabajado de funcionaria/o interino/a en la Comunidad de Madrid:
Se vuelve a incluir un bono de 1 punto por haber trabajado al menos 5 meses y medio en un curso de los últimos 10 años en la Comunidad de Madrid.
Otras mejoras:
Se han conseguido mejoras sustanciales en las condiciones de las listas:
– Los nombramientos de vacantes a jornada parcial no serán menores de media jornada.
– Para las sustituciones a jornada parcial se diferenciará un código de voluntario distinto para las de menos de media jornada.
– El derecho a reserva de vacante por no poder incorporarse se amplía del permiso de maternidad, adopción o acogimiento, al de paternidad, enfermedades graves, hospitalizaciones e intervenciones quirúrgicas.
– Se amplían las causas justificadas para no decaer de las listas si no se acude a una citación, incluyendo tener cualquier otro contrato de trabajo o estar disfrutando de una beca.
– Se mantiene la posibilidad de pedir baja temporal de las listas sin justificación alguna si no se ha obtenido vacante en la primera asignación y se mejora pudiendo pedirla por todo el curso de algunas especialidades, si se está en varias, aunque se hubiera obtenido vacante.
– Se mejora en la equiparación de permisos y licencias con los funcionarios/as de carrera.
– Las/los integrantes de las listas tendrán derecho a la formación del profesorado de la Consejería de Educación aunque no estén en activo.
– Las/los integrantes de las listas tendrán derecho a presentarse a todas las pruebas de certificación de idiomas que se convoquen específicas para profesorado aunque no estén en activo.
Derechos retributivos:
Se reconozca de oficio todo el tiempo de servicios que no se estaba teniendo en cuenta a efectos de trienios.
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